Personas Fisicas

        
        El nuevo Regimen de Incorparación Fiscal ( RIF ):
 
 
- Sustituye al régimen intermedio y al de REPECOS.
 
- Objetivo: Preparar a las PF para que se integren al régimen general
 
- Aplicable a PF que realicen actividades empresariales o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, con ingresos anuales de hasta $2’000,000.00
 
- De aplicación temporal por un periodo de hasta 10 años
 
         - Pagos definitivos bimestrales para ISR, sobre base de efectivo